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EMPIEZA EL PLAZO PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2020-2021

By 8 Abril, 2021 No Comments

El mes de abril es un periodo señalado en el calendario de todos los contribuyentes españoles, pues durante su primera semana suele comenzar la campaña de la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la Renta del año anterior. Este 2021, el plazo para hacerla comienza día 7 de abril.

Sin embargo, aunque el plazo para declarar el IRPF comienza hoy, no es posible hacerlo por las tres vías habilitadas por Hacienda desde este momento. Existen unas fechas clave que debemos conocer sobre todo si queremos presentar nuestra declaración por teléfono o de forma presencial.

Fechas clave

Para presentar la declaración de la Renta debes estar atento a las siguientes fechas:

– Miércoles 7 de abril: hoy comienza la campaña de la Renta 2020-2021 con presentación por Internet de las declaraciones del IRPF.

– Martes 4 de mayo: casi un mes después será posible pedir cita previa para ser atendido por teléfono.

– Jueves 6 de mayo: dos días más tarde empieza el plazo para presentar la declaración de la renta vía telefónica.

– Jueves 27 de mayo: a partir de este momento es posible solicitar cita para realizar la declaración de manera presencial con la ayuda de un técnico en alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria.

– Miércoles 2 de junio: inicio de la campaña de la declaración de la renta de forma presencial.

– Viernes 25 de junio: finaliza el plazo de las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.

– Miércoles 30 de junio: fin de la campaña de la renta 2020-2021

De este modo, aunque puedas presentar tu declaración hoy mismo utilizando el portal web de la Agencia Tributaria o la aplicación móvil de este organismo, tendrás que esperar si prefieres llevarla a cabo con la ayuda de un técnico, ya sea vía telefónica o de manera presencial.

¿Quién debe presentar la declaración de la Renta?

Aunque la Agencia Tributaria afirma que todos los contribuyentes en España deben hacer la declaración del IRPF, sí que exime a algunos grupos:

– Quedan exentos de hacer la declaración de la Renta los trabajadores que ingresen menos de 22.000 euros anuales, siempre y cuando estos procedan de un solo pagador.

– No obstante, estarán obligados a presentar la declaración de la Renta aquellas personas que hayan ingresado más de 14.000 euros anuales (si proceden de dos o más pagadores, siempre que hayan cobrado más de 1.500 euros de la segunda o siguientes empresas).

¿Y qué ocurre con los ERTE?

La pandemia de coronavirus ha afectado a un gran número de trabajadores a lo largo de 2020. Por este motivo, fueron muchos los que se vieron afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, comúnmente conocido como ERTE.

En los ERTES los trabajadores tuvieron dos pagadores, la empresa para la que trabajaba, y el SEPE. Además, la prestación que otorgaba el organismo público se daba sin retenciones en la mayoría de los casos, por lo que Hacienda liquidará diferencias y cobrará lo que no se haya retenido en el momento en el que se realice la declaración.

El hecho de tener dos pagadores diferentes hace que el mínimo por el cual un trabajador esté obligado a declarar baje, pues si el dinero procede de un pagador quedan exentos de hacer la declaración de la Renta aquellos que hayan ingresado menos de 22.000 euros anuales, mientras que si procede de dos o más, ese límite se sitúa en los 14.000 euros.

Para más información, no dude en contactar con nosotros o acudir a nuestras oficinas en Palma o Llucmajor.

Fuente: https://www.abc.es/economia/declaracion-renta/abci-hoy-empieza-plazo-declaracion-renta-2020-2021-nsv-202104070930_noticia.html