La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha señalado este jueves en una entrevista en la televisión balear IB3, en declaraciones recogidas por Servimedia, que los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) ocasionados por un rebrote por Covid-19 “han de permanecer hasta cuando sea necesario”, dando por segura una nueva prórroga de los ERTE, aunque sin un horizonte temporal.
El impacto económico y social derivado de la emergencia sanitaria del coronavirus ha afectado a miles de trabajadoras y trabajadores que han sido incluidos en un ERTE por parte de su empresa. Se trata de un mecanismo por el que se suspende temporalmente el contrato de trabajo, o bien se aplica una reducción de jornada, y que fue una de las medidas urgentes adoptadas por el ejecutivo central para hacer frente a las consecuencias económicas derivadas de la pandemia y evitar así que la pérdida de empleo fuese definitiva.
En este sentido, el ERTE por rebrote consiste en un nuevo tipo de expediente para casos excepcionales, concretamente para aquellas empresas cuyo desarrollo de su actividad económica se vea impedido por la adopción de restricciones como consecuencia de un rebrote de coronavirus.
¿Qué exoneraciones se aplican en las empresas?
Así, el Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, por el que se recogían las nuevas medidas adoptadas para empresas, trabajadores por cuenta ajena y autónomos hasta el 30 de septiembre, incluye esta nueva figura de ERTE, que ya ha sido aplicada por empresas de diferentes sectores durante el verano.
De esta manera, la disposición adicional primera del decreto subraya que aquellas «empresas y entidades que, a partir del 1 de julio de 2020, vean impedido el desarrollo de su actividad por la adopción de nuevas restricciones o medidas de contención que así lo impongan en alguno de sus centros de trabajo, podrán beneficiarse de los porcentajes de exención, previa autorización de un expediente de regulación temporal de empleo de fuerza mayor en base a lo previsto en el artículo 47.3 del Estatuto de los Trabajadores».
Este tipo de ERTE fue creado para dar una mayor protección a trabajadores y empresas y, en el caso de estas últimas, se establece la siguiente exoneración en las cotizaciones a la Seguridad Social:
- Exoneración del 80% para los trabajadores inactivos y del 60% para activos en empresas con menos de 50 personas empleadas.
- Exoneración del 60% para los inactivos y del 40% para los activos para empresas de más de 50 empleados.
Si una empresa tiene aprobado un ERTE total o parcial con anterioridad también podrá solicitar este nuevo tipo de ERTE ante la autoridad laboral competente. Por otro lado, las personas trabajadoras que se vean afectadas por un ERTE por rebrote tendrán derecho a recibir una prestación por desempleo hasta que finalice el procedimiento, independientemente del tipo y tiempo de cotización previo, y sin que este tiempo contabilice.
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