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NUEVA LEY DE CREACIÓN Y CRECIMIENTO DE EMPRESAS

By 7 octubre, 2022 No Comments

El pasado 15 de septiembre el Pleno del Congreso aprobó el texto definitivo de la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas (Ley Crea y Crece), con el objetivo de facilitar la creación de empresas y reducir los obstáculos regulatorios, así como para impulsar su crecimiento y expansión.

Muchos de los cambios introducidos afectarán al día a día de la relación entre las empresas y el registro mercantil. Así, atendiendo a su objetivo primordial de facilitar la constitución de empresas, se modifica la Ley de Sociedades de Capital estableciendo un capital mínimo de un euro (1€) para las sociedades de responsabilidad limitada, con un régimen transitorio específico en tanto no se alcance la cifra de 3.000 euros (20% de los beneficios de la reserva legal y responsabilidad solidaria de los socios en caso de liquidación). En consecuencia, se suprimen las llamadas sociedades en régimen de formación sucesiva (Disposición Transitoria 2ª) y las sociedades limitadas nueva empresa pasan a ser sociedades limitadas ordinarias. (Disposición Transitoria 3ª).

Se modifica también en diversos puntos la Ley de Emprendedores de 2013. Así, en relación al emprendedor individual de responsabilidad limitada, se le permite excluir de responsabilidad en el ejercicio de su actividad, junto a la vivienda habitual, a determinados bienes de equipo productivos afectos a la explotación, siempre que se identifiquen y se inscriban en el Registro de Bienes Muebles, con el límite del volumen de facturación de los dos últimos ejercicios.

En relación a los puntos de atención al emprendedor, se incluye junto a las notarías a los registros mercantiles.

La disposición adicional 8ª permite la inscripción el registro mercantil de las sociedades civiles, en línea con otras legislaciones de nuestro entorno como Italia, Francia, con carácter voluntario, y con prevalencia, en su caso, de lo dispuesto en los derechos civiles especiales o forales.

La disposición adicional 10ª reconoce las llamadas “sociedades de beneficio e interés común”, que son aquellas que recogen en sus estatutos su compromiso con objetivos sociales y medioambientales, remitiendo a un futuro desarrollo reglamentario los criterios y la metodología de validación de esta nueva figura empresarial.

Para terminar, señalar que la disposición final 2ª modifica la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales de 2010 en materia de protección de datos de carácter personal.

Para más información, no dude en contactar con nosotros o acudir a nuestras oficinas en Palma o Llucmajor.